Micelio
Auto10 de abril de 2024

A- de 2024

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Saldarriaga Guirales Idiana Maria Y Otros·Demandado Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo Cuyo Título Corresponde Al Acto Administrativo En El Que La Uariv Reconoce Una Indemnización Administrativa En Favor De Personas Que Han Sido Víctimas Del Conflicto Armado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
  • Procesos ejecutivos en los que se pretende el pago de acreencias dinerarias reconocidas mediante actos administrativos
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre los juzgados Segundo Administrativo del Circuito de Medellín y Séptimo Civil del Circuito de Oralidad de esa misma ciudad.

La causa que da origen a la controversia consiste en demanda ejecutiva instaurada por unos ciudadanos, en contra de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, UARIV, con el propósito de que se libre mandamiento de pago por una suma, referida en escrito de demanda, por concepto de indemnización administrativa a personas que han sido víctimas del conflicto armado.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera pertinente hacer alusión al contenido de los Autos 613 y 788 de 2021 para concluir con la regla de decisión según la cual, el conocimiento de los procesos ejecutivos cuyo título corresponda al acto administrativo en el que la UARIV reconoce una indemnización administrativa en favor de personas que han sido víctimas del conflicto armado corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad civil.

Lo anterior, comoquiera que aquel acto administrativo no coincide con ninguno de los títulos ejecutivos cuya ejecución corresponde a los jueces administrativos, conforme al artículo 104.6 del CPACA.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Oralidad de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Medellín.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre los juzgados
  2. Segundo. Administrativo del Circuito de Medellín y
  3. Séptimo. Civil del Circuito de Oralidad de esa misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Séptimo. Civil del Circuito de Oralidad de Medellín es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Idiana María Saldarriaga Guirales, Yangkley Osorio Saldarriaga y Lesly Vanessa Osorio Saldarriaga en contra de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas ?UARIV?.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-5236 al Juzgado
  6. Séptimo. Civil del Circuito de Oralidad de Medellín para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
  7. Segundo. Administrativo del Circuito de Medellín.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.